SiLaboral · SUNAFIL7 min de lectura29 de mayo de 2026

Cuota de discapacidad CONADIS: qué es, cómo se cumple y qué pasa si no la tienes

Las empresas con 50 o más trabajadores en Perú están obligadas a reservar al menos el 3% de su planilla para personas con discapacidad. SUNAFIL fiscaliza este requisito y las multas por incumplimiento son graves. Aquí te explicamos cómo cumplir.

¿Qué es la cuota de empleo para personas con discapacidad?

La cuota de empleo es la obligación establecida en el artículo 49° de la Ley N° 29973 — Ley General de la Persona con Discapacidad que exige a los empleadores privados con 50 o más trabajadores contratar a personas con discapacidad en una proporción no inferior al 3% del total de su personal.

El Estado peruano fija esta cuota como medida de acción positiva para promover la inclusión laboral de personas con discapacidad y reducir su exclusión del mercado de trabajo.

¿A quiénes aplica exactamente?

CriterioDetalle
Tamaño mínimo de empresa50 o más trabajadores en planilla
Porcentaje exigido3% del total de trabajadores
Tipo de relación laboralContrato de trabajo (no aplica a locadores)
Quién fiscalizaSUNAFIL (inspección laboral)
Registro de trabajadores con discapacidadCONADIS — Registro Nacional de la Persona con Discapacidad

¿Cómo se contabiliza el 3%?

El cálculo es sobre el total de trabajadores que figuran en planilla en el momento de la fiscalización, sin importar el tipo de contrato (indefinido, plazo fijo, tiempo parcial).

Ejemplo: Una empresa con 120 trabajadores debe tener al menos 4 trabajadores con discapacidad (120 × 3% = 3.6, redondeado a 4).

¿Qué se entiende por persona con discapacidad?

Para efectos del cumplimiento de la cuota, el trabajador debe:

  • Tener el Certificado de Discapacidad emitido por el MINSA, EsSalud o una junta médica calificada.
  • Estar inscrito en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad del CONADIS.

No basta con que el trabajador tenga una discapacidad; debe tener el certificado oficial vigente y el registro en CONADIS.

¿Cómo acreditar el cumplimiento ante SUNAFIL?

  1. Conserva copia del Certificado de Discapacidad de cada trabajador incluido en la cuota.
  2. Verifica que el trabajador esté inscrito en CONADIS (puedes consultarlo en el portal de CONADIS).
  3. Asegúrate de que estos trabajadores figuren correctamente en el T-Registro del MTPE.
  4. Conserva los contratos de trabajo correspondientes.

¿Qué pasa si no cumples la cuota?

El incumplimiento es una infracción grave bajo la Ley N° 28806 y sus modificatorias. Las multas dependen del tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados:

  • Micro empresa: hasta 5 UIT (S/ 26,750).
  • Pequeña empresa: hasta 12.5 UIT (S/ 66,875).
  • No MYPE: hasta 25 UIT (S/ 133,750).

¿Puedo justificar el incumplimiento?

La ley no establece causas de exoneración formales, pero en la práctica SUNAFIL considera como atenuantes la acreditación de procesos activos de selección para contratar personas con discapacidad y la constancia de publicación de vacantes en la Bolsa de Trabajo del MTPE para este perfil.

Estrategias para cumplir la cuota

  • Publicar vacantes en el Portal de Empleo del MTPE con preferencia por personas con discapacidad.
  • Coordinación con OMAPED (Oficinas Municipales de Atención a la Persona con Discapacidad) para identificar candidatos.
  • Contacto con CONADIS para participar en ferias de empleo inclusivo.
  • Revisión de los puestos actuales para identificar cuáles pueden ser cubiertos por personas con diferentes tipos de discapacidad.

Conclusión

La cuota de discapacidad no es solo una obligación legal: es una oportunidad de diversidad que muchas empresas desaprovechan por desconocimiento. El primer paso es saber si tu empresa ya cumple o no. Normaia calcula automáticamente si tu planilla actual cumple el 3% y te avisa cuando estás cerca del umbral de 50 trabajadores.

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Equipo Normaia

Normaia · 29 de mayo de 2026

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