SiAmbiente · OEFA8 min de lectura24 de mayo de 2026

ANA — Autoridad Nacional del Agua: multas, licencias y obligaciones hídricas para empresas

La Autoridad Nacional del Agua (ANA) fiscaliza el uso legal del agua y la calidad de los cuerpos hídricos. Las empresas que usan agua sin licencia, vierten efluentes sin autorización o contaminan ríos y lagos enfrentan multas de hasta 100 UIT y órdenes de clausura.

¿Qué es la ANA y qué fiscaliza?

La Autoridad Nacional del Agua (ANA) es el ente rector y máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, creado por la Ley N° 29338 — Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento (D.S. N° 001-2010-AG). Tiene competencia para otorgar derechos de uso de agua, autorizar vertimientos y sancionar a quienes incumplan la Ley de Recursos Hídricos.

¿Qué empresas están obligadas ante la ANA?

Toda empresa que:

  • Use agua superficial o subterránea para cualquier actividad productiva (riego, procesos industriales, enfriamiento, consumo humano en campamentos mineros, etc.).
  • Vierta efluentes (aguas residuales industriales, domésticas o pluviales) a cuerpos de agua naturales.
  • Ejecute obras en cauces, riberas o fajas marginales de ríos y lagos.
  • Opere pozos de extracción de agua subterránea.

Tipos de derechos de uso de agua que otorga ANA

Tipo¿Cuándo aplica?Vigencia
Licencia de usoUso permanente y continuoIndefinida (sujeta a renovación)
Permiso de usoUso temporal o condicionado a disponibilidadTemporal (hasta 2 años)
Autorización de usoUso para estudios, exploración o actividades transitoriasHasta 2 años

Autorización de vertimiento de aguas residuales

Toda empresa que vierta aguas residuales a un cuerpo de agua natural debe contar con la Autorización de Vertimiento emitida por ANA. Requisitos:

  1. Contar con sistema de tratamiento de aguas residuales que garantice que los efluentes cumplan los Límites Máximos Permisibles (LMP) sectoriales.
  2. Tener el Estudio de Impacto Ambiental aprobado con el plan de manejo de efluentes.
  3. Presentar análisis de laboratorio acreditado que acredite el cumplimiento de LMP antes de solicitar la autorización.
  4. La autorización se otorga por un período determinado y debe renovarse.

Infracciones y multas de ANA

InfracciónGravedadMulta máxima
Usar agua sin licencia o permisoMuy grave100 UIT (S/ 535,000)
Verter efluentes sin autorización de vertimientoMuy grave100 UIT
Contaminar cuerpo de agua (superar ECA Agua)Muy grave100 UIT + remediación
No presentar informe de uso hídricoGrave50 UIT (S/ 267,500)
Ejecutar obras en cauce sin autorizaciónGrave50 UIT
No instalar instrumento de medición de caudalLeve10 UIT (S/ 53,500)

Obligaciones periódicas de los titulares de derechos de agua

  • Informe Anual de Uso Hídrico: presentar ante la Autoridad Administrativa del Agua (AAA) correspondiente cada año, reportando los volúmenes realmente usados vs. el caudal autorizado.
  • Monitoreo de calidad del efluente: según la frecuencia establecida en la Autorización de Vertimiento y el PMA.
  • Pago de la retribución económica por el uso del agua: tarifa anual que varía según el tipo de uso y el volumen autorizado.
  • Mantenimiento del instrumento de medición de caudal (caudalímetro) en condiciones operativas.

Procedimiento sancionador de ANA

ANA tiene su propio Reglamento de Infracciones y Sanciones (R.J. N° 395-2011-ANA y modificatorias). El proceso es similar al de OEFA:

  1. Inspección o denuncia → levantamiento de acta.
  2. Inicio del procedimiento sancionador con imputación de cargos.
  3. 15 días hábiles para presentar descargos.
  4. Resolución de primera instancia (Autoridad Administrativa del Agua).
  5. Apelación ante el Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas (TNRCH).

Conclusión

Las obligaciones ante ANA son recurrentes: licencias que vencer, informes anuales que presentar, monitoreos que ejecutar. Una empresa que usa agua en su proceso productivo y no tiene en orden sus derechos de uso y autorización de vertimiento está operando en ilegalidad hídrica. Normaia integra el seguimiento de obligaciones ante ANA en su módulo SiAmbiente.

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Equipo Normaia

Normaia · 24 de mayo de 2026

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