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Simulador de multas ambientales

Calcula tu exposición ante OEFA, ANA, OSINERGMIN y PRODUCE. Las multas ambientales llegan hasta 30,000 UIT = S/ 160,500,000. UIT 2026 = S/5,350.

Una multa OEFA es la sanción ambiental que impone el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental cuando una empresa incumple su instrumento de gestión ambiental (EIA, DIA, PAMA) o supera los Límites Máximos Permisibles (LMP) en emisiones o efluentes. Según la Ley 30011, OEFA puede sancionar con hasta 30,000 UIT (aproximadamente S/ 160 millones con UIT 2026). Las infracciones más graves incluyen operar sin EIA aprobado y exceder los LMP en monitoreos ambientales.

Las multas ambientales en Perú son determinadas por cada ente fiscalizador según sus propios reglamentos de sanciones: OEFA fiscaliza minería, hidrocarburos, energía e industria manufacturera; ANA supervisa el uso de recursos hídricos y vertimientos (Ley 29338); OSINERGMIN regula seguridad en hidrocarburos y electricidad; y PRODUCE supervisa la industria pesquera e industria en general. Los rangos van desde 0.25 UIT para infracciones leves de ANA hasta 30,000 UIT para infracciones muy graves de OEFA.

La subsanación voluntaria OEFA (RCD N° 007-2016-OEFA/CD y artículo 255° del TUO de la LPAG) permite reducir la multa hasta en un 90% si la empresa corrige la conducta infractora antes del inicio del procedimiento sancionador. El descuento disminuye progresivamente según la etapa: 70% en instrucción, 50% antes de la resolución, 25% en apelación. Esta calculadora es referencial — la sanción exacta la determina el ente fiscalizador competente.

Datos de la infracción

Grave·DS 010-2019-MINAM

La magnitud del daño es uno de los criterios que el auditor OEFA considera para determinar el monto dentro del rango.

Exposición estimada

Multa estimada (OEFA)

S/ 14,832,875

2,773 UIT

Rango legal (OEFA)505,000 UIT
En soles (referencial)S/ 267,500S/ 26,750,000
GravedadGrave
OEFA puede aplicar atenuantes si demuestras haber iniciado la subsanación antes del cierre del procedimiento sancionador (DS 007-2017-MINAM).

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Referencias: Ley 30011 (OEFA), Ley 29338 (ANA), Ley 26734 (OSINERGMIN), DS 007-2017-MINAM (atenuantes). Los rangos son referenciales; la multa exacta la determina la autoridad competente.

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